La Fundación Beronia lleva a cabo serie de actividades que se financian con aportaciones, subvenciones y a través de algunas de las actividades que programamos.
Para poder desarrollar con garantías de éxito todos nuestros programas, se necesita además de una gestión adecuada, una financiación suficiente. Por ello y a través del programa de donaciones se pueden realizar aportaciones que permiten realizar nuestros fines adecuadamente.
Las aportaciones económicas pueden ser de cualquier cantidad y periodicidad, contando tanto los particulares como las empresas con importantes ventajas fiscales.
Ventajas fiscales
La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo (BOE nº 307, de 24-XII-2002) establece una serie de beneficios fiscales en función de si el donante es persona física o jurídica respectivamente:
Los convenios de colaboración empresarial tienen carácter de gasto deducible.